El pasado uno de octubre entró en vigor una nueva normativa sobre los sistemas de seguridad que los menores deben utilizar cuando viajan en coche. No son demasiados los cambios que introduce respecto al texto anterior, pero sí conviene tenerlos en cuenta para que nuestros hijos viajen seguros y nosotros no nos expongamos a ser multados.
Es por ese motivo que la empresa compramostucoche.es ha reunido todas estas modificaciones en una interesante infografía. Repasemos en qué consisten estos cambios:
- Los menores cuya estatura sea inferior a 1,35 m deberán viajar en los asientos traseros, excepto si estos están ocupados por otras sillas de bebé.
- En los vehículos que disponen de más de 9 plazas es obligatorio informar, mediante carteles u otro tipo de señales, de que es imperativo usar el sistema de retención homologado.
- Cada silla se monta de acuerdo con las instrucciones del fabricante, ya sea en el sentido de la marcha, o bien al contrario, con una excepción: en el asiento delantero, si el airbag no está desactivado, la silla solo puede instalarse en el sentido de la marcha.
- Al viajar en taxi, los niños podrán ir en los asientos traseros sin silla pero solo si el trayecto es interurbano. Fuera de la ciudad, deberá utilizarse el sistema de retención indicado para su edad.
Es importante también asegurarse antes de adquirir una silla para nuestro hijo, de que está perfectamente homologada de acuerdo con el reglamento R44/04. Para ello, deberemos comprobar que lleva una etiqueta naranja en la parte posterior, en la que se indica el nombre del fabricante, la normativa de homologación, el tipo de vehículos (normalmente aparece la palabra “universal”, que indica que sirve para todo tipo de coches), el peso del niño para el que es adecuada, el número de serie y el de homologación.
Recuerda también que, además de comprometer la seguridad de tu hijo, viajar sin el sistema de retención adecuado se castiga con una multa de 200 euros y con la retirada de tres puntos del carnet.